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COMISIÓN DE EDUCACIÓN Y CULTURA

(Sesión celebrada el día 8 de julio de 2024).

(Ocupa la presidencia el señor Sebastián Sabini).

 

SEÑOR PRESIDENTE.-  Habiendo número, está abierta la sesión.

(Son las 12:05).

                –Como se indica en el primer punto del orden del día, dese cuenta de los asuntos entrados.

(Se da de los siguientes).

                «Carpeta n.º 1299/2024. Educación emocional. Se declara de interés general su promoción en el sistema educativo. Proyecto de ley presentado por varios señores senadores. Distribuido n.º 2153/2024.

                Carpeta n.º 1302/2024. Ley de Derechos de Autor. Se modifican varias disposiciones de la Ley n.º 9739, de 17 de diciembre de 1937. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Distribuido n.º 2148/2024.

                Carpeta n.º 1303/2024. Washington Benavides. Se designa el Liceo n.º 5 de la ciudad de Tacuarembó. Proyecto de ley aprobado por la Cámara de Representantes. Distribuido n.º 2146/2024».

                –El segundo punto de la convocatoria es la carpeta n.° 1302/2024, distribuido n.º 2148/2024, que contiene el proyecto de ley por el que se modifican varias disposiciones de la Ley n.º 9739, de 17 de diciembre de 1937, Ley de Derechos de Autor.

                Con relación a este tema, corresponde recibir en audiencia a representantes de la Asociación General de Autores del Uruguay y de la Cámara Uruguaya del Disco.

(Ingresa a sala la delegación de Agadu y de la CUD).

                –La Comisión de Educación y Cultura del Senado tiene el gusto de recibir a la delegación de Agadu, integrada por su presidente, señor Alexis Buenseñor; la integrante del Consejo Directivo, señora Samantha Navarro, y el director del Área Legal, señor Hugo di Carlo, así como a los representantes de la Cámara Uruguaya del Disco, señores Mauricio Ubal y Mariano Arsuaga, a los efectos de escuchar su opinión sobre el proyecto relativo a la Ley de Derechos de Autor que ingresó a esta comisión hace muy poquito tiempo.

Tienen ustedes la palabra.

SEÑORA NAVARRO.- Señoras y señores senadores integrantes de la Comisión de Educación y Cultura del Senado: es un honor y un placer estar hoy acá.

                Mi nombre es Samantha Navarro. Soy compositora, artista e intérprete y formo parte del Consejo Directivo de la Asociación General de Autores del Uruguay.

                Tenemos algunas inquietudes con respecto al proyecto de ley a estudio que mis compañeros pasarán a detallar.

                Muchas gracias.  

SEÑOR BUENSEÑOR.- Gracias por la cortesía de recibirnos, justo en estos días tan particulares.

                Muy brevemente, el 26 de mayo de 2016 hubo un acuerdo entre Agadu, la Cámara Uruguaya del Libro, la FEUU y el PIT-CNT. Lamentablemente, luego de las elecciones en la FEUU, las nuevas autoridades no reconocieron el acuerdo al que se había llegado, el cual llevó mucho trabajo, muchas reuniones en el PIT-CNT, en la FEUU, en Agadu y en ese momento la Cámara Uruguaya del Libro estaba muy atenta.

                En una reunión de fecha 18 de diciembre de 2019 se tocó nuevamente el tema y se aprobó la extensión del plazo de setenta años. Ya habían pasado las elecciones, estaba para entrar la nueva Administración y había un espíritu de hablar. Se aprobaron los setenta años y los directores, guionistas y compositores lograron el derecho audiovisual y ya había un espíritu de empezar a hablar en la próxima Administración de excepciones y limitaciones.

                Para empezar, queremos decir que estamos de acuerdo en tratar el tema. Lamentablemente, en la Cámara de Representantes no nos dieron la oportunidad de expresarnos, pero estamos de acuerdo en poder conversar ya que, como se ha expresado, hay disposiciones en el proyecto de ley que nos preocupan y quisiéramos tratarlas.

                Deseo dejar expresa constancia y compartir con ustedes que a Agadu no le es extraño el tema de las bibliotecas. Agadu tiene un centro de documentación, museo y bibliotecas. La encargada del museo es Estela Magnone, que es cantautora y fue integrante del Consejo Directivo; hay una biblioteca a la que llamamos Centro de Documentación, donde está Celestre Villagrán, que es bibliotecóloga. O sea que tenemos contacto con nuestro museo, con nuestra biblioteca, de manera que no nos es ajeno el tema.

Mientras esperábamos afuera, conversábamos entre nosotros sobre el esfuerzo que se hace para tener bibliotecas y lo reacia que puede ser la gente para no concurrir a ellas. Es realmente una pena.

                Les agradecemos vuestra disposición a tratar este tema que involucra la modificación introducida el 11 de junio de 2024. Lo cierto es que recién ahora venimos a enterarnos de esta situación.

Creo que lo que trae este proyecto de ley son cosas muy distintas al acuerdo al que habíamos llegado en 2016 y al espíritu que teníamos, también en esa reunión de diciembre de 2019, para empezar a trabajar en limitaciones y excepciones a partir del 2020. 

Obviamente debemos recordar que no fue un año fácil porque el 13 de marzo fue decretada la pandemia y, por ella, todo lo que se limitaba a la salud se llevó adelante. Entonces entendemos que quizás no era tampoco el tiempo legislativo propicio para llevar adelante. 

Agradezco nuevamente y quiero decirles que el doctor Di Carlo participó tanto de la reunión de 2016 como de la de 2019 para la aprobación del proyecto de ley de los sesenta años.

Muchísimas gracias. 

SEÑOR DI CARLO.- Muchísimas gracias por recibirnos. Es un gusto estar acá. 

Primero quiero reafirmar un poco lo que decía Alexis Buenseñor en el sentido de que venimos a colaborar y a tratar de poner a disposición de ustedes los conocimientos para llegar a buen puerto con respecto a excepciones que puedan plantearse con relación al tema del derecho de autor, del derecho de intérprete y de los productores fonográficos.

Como bien se dijo, haciendo un marco un poco histórico, ya somos conocidos porque trabajamos en aquel momento –también estaban la senadora Bianchi y otros senadores– en lo que fue el acuerdo y en aquella iniciativa de las limitaciones y excepciones. A partir de ahí, sinceramente, hicimos un recorrido muy productivo con la FEUU, con la Cámara Uruguaya del Libro, y logramos un texto alternativo que había sido aprobado en aquel momento en el Senado, que era totalmente perjudicial para los titulares de derecho.

Destaco también la labor de quienes entonces estaban representando a la FEUU,  Marcio Mañana y el doctor, colega, Nicolás Brener. Presentamos nuestro texto ante la comisión, pero por distintas situaciones no se aprobó, así como tampoco la iniciativa que había en el Parlamento. 

Esto llevó a que quedara todo estacionado o congelado, hasta que hoy, ocho años después, se plantea otra vez esta iniciativa de modificar –para limitar– el derecho de los titulares de la propiedad intelectual.

En ocho años pasaron muchísimas cosas. Lo primero fue que en 2020 sufrimos la pandemia, hubo una masificación en el tránsito, en el tráfico de obras, en algunos momentos absolutamente incontrolable desde el punto de vista de la ilicitud y de la ilegalidad para acceder a ellas. También es cierto que nos salvó de momentos de mucha angustia tener a disposición de todos el tema de la propiedad intelectual, las creaciones de quienes nos acompañan y otros del colectivo. Obviamente, eso hace que hoy el texto deba ser analizado a fondo. Dentro de ese contexto, cuando estábamos en la etapa de negociación, uno fue cediendo respecto a alguna de las iniciativas o aspiraciones que tenía. El senador Sabini recordará que una de las cosas que planteamos al principio fue una compensación por copia privada; no era fácil instrumentarlo, lo sabemos, y lo fuimos dejando de lado.

Hoy en día nos encontramos con esta situación en la que, a nuestro entender, hay artículos que perjudican notoriamente el derecho de los autores, de los intérpretes y de los productores, y para nosotros resultarían absolutamente inadmisibles porque causan un perjuicio impresionante. Además, va en contra de la legislación que permite justamente el establecimiento de limitaciones y excepciones, debiéndose cumplir una cantidad de lo que se denomina regla de los tres pasos. 

Ahora voy a decir cuáles son los tres pasos que debe cumplir una excepción para estar dentro de la legalidad: se debe tratar de casos especiales, no se debe atentar contra la normal explotación de la obra y no se debe causar un perjuicio justificado a los intereses legítimos del titular de los derechos. Todos son importantes y deben darse en conjunto; eso también es algo para destacar.

                En este proyecto de ley hay artículos que tienen algún tipo de incidencia que no es tan importante y puede ser zanjada, quizás, mediante alguna modificación. También es cierto que se realizaron algunas modificaciones que resultaron un poco sorprendentes porque uno, como jurista, sabe que al cambiar dos palabras en un texto se puede lograr una interpretación mucho más extensiva.

                En definitiva, no quiero aburrirlos con un análisis jurídico, pero sí decirles que nos ponemos a su disposición. Si lo entienden pertinente, más adelante les podemos enviar algún tipo de informe para analizar la situación, marcando algunos puntos específicos.

Ahora bien, para que quede constancia en la versión taquigráfica, me gustaría hacer referencia a un par de artículos en los que se habla del tema del derecho de cita –que es la inclusión de obras ajenas en una propia–, ya sea de naturaleza escrita, sonora o audiovisual.

                Debo aclarar que es algo que, en aquel momento, habíamos consentido, siempre –insisto– en un marco de negociación en el que, obviamente, uno tiene que ceder, dado que uno no puede integrar una mesa y pretender imponer todas sus condiciones; por eso hago referencia a que en aquel momento sacamos la parte de la compensación. Ahora bien, tampoco venimos hoy a reivindicarla porque sabemos que es un tema complejo, pero, de todas maneras, creo que deberíamos revisar el relativo al derecho de cita.

(Interrupciones).

                –Se trata del artículo 2.º, que menciona la expresión «de naturaleza escrita, sonora o audiovisual».

                Además, es importante señalar que luego se aprobó la ley relativa a la prórroga para la protección de los autores, los productores y los artistas a setenta años –en el 2019–, y también allí se consagró el derecho de los directores y guionistas audiovisuales. Actualmente, hay una asociación, DGU –Directores y Guionistas del Uruguay–, y entiendo que sería importante que fuera convocada.

                De la misma manera, cabe aclarar que no fuimos convocados cuando la iniciativa se aprobó en la Cámara de Representantes, pero no sabemos si se invitó a otros actores involucrados.

                Si uno mira el artículo 1.º, puede apreciar que, entre otras cosas, se afirma: «Las excepciones y limitaciones contempladas en esta ley se aplican a los derechos de autor, los derechos conexos y el dominio público pagante». Aquí vale aclarar que el dominio público es administrado por el Estado. Hay un Consejo de Derechos de Autor, que es el órgano encargado del cumplimiento y la vigilancia del derecho de autor; a su vez, es normalmente consultado cuando existe este tipo de iniciativas. Obviamente, también le incumbe porque es el propio Estado que está defendiendo su dominio público. En realidad, desconozco si fue consultado por la Cámara de Representantes, pero es uno de los actores fundamentales y sería importante saber cuál es su posición, si entiende que esto está bien, si este es el momento indicado, etcétera. Hay gente especializada que dice que para tratar estas excepciones se necesita una convocatoria, armar una comisión y demás, y todos sabemos en qué momento estamos, ya muy próximos a las elecciones.

                Por otra parte, me gustaría hacer referencia expresa…

SEÑORA KECHICHIAN.- En los artículos 16 y 19 aparecen los temas de la inteligencia artificial que no estaban presentes.

(Interrupciones).

                –Ustedes ven peligro en el artículo 2.º.

SEÑOR PRESIDENTE.- Primero veamos los artículos 1.º y 2.º, para tener claro en qué consiste el planteo.

SEÑOR DI CARLO.- En cuanto al artículo 1.º –tal como acabo de decir, a modo de aporte a la comisión–, entiendo que debería ser consultado el Consejo de Derechos de Autor porque están involucradas las obras del dominio público.

Respecto al artículo 2.º, con todo lo que ha sido el tráfico de las obras, con todas las inclusiones, creo que habría que revisar la parte donde menciona lo sonoro o audiovisual. Esto no evitaría que encontráramos un punto de contacto en común en el que se pudiera, con quienes ustedes designen como representantes, llegar a un acuerdo y ver cuál es la mejor solución. Obviamente, no somos los dueños de la verdad ni pretendemos imponer nada, sino que únicamente queremos tener un intercambio.

SEÑOR PRESIDENTE.- El artículo 2.º refiere a que la inclusión se realiza a título de cita para su análisis, comentario o juicio crítico. Quisiera saber dónde estaría el conflicto en este punto para entender cuál es el problema que estamos enfrentando.

SEÑOR UBAL.- Hay un aspecto fundamental para nosotros los artistas, tanto los autores, los intérpretes y los productores fonográficos, que paso a indicar. En la cita se menciona lo sonoro o lo audiovisual y, generalmente, se tiende a vincularla con los libros, donde aparece un pie de página que explica, pero cuando se la quiere inferir en una grabación o en un audiovisual, estamos hablando de tomar un pedazo de una canción –lo que hoy en día se conoce como sampleo– e insertarlo en otra obra. Esto –que es uno de los grandes temas– ya está regulado; se necesita una autorización para eso y, generalmente, se negocia y se da. Es decir, son licenciamientos comunes.

Cuando se hizo este texto en 2016, todavía no estaban afirmadas las plataformas digitales como lo están actualmente ni todo el andamiaje jurídico que vino después, con el que hoy en día convivimos. Entonces, esto está más bien referido –y en esa época  claramente lo estaba– a los libros. Cuando se agrega sonora y audiovisual nos meten en un problema, porque está autorizando a que cualquiera pueda tomar un pedazo de canción, como un estribillo –no especifica qué–, y lo transforme en otra obra sin ninguna autorización. Acá lo importante es que no solo hablamos de plata, sino que es un tema moral.  Como autor tengo todo el derecho de decir: No tomes una parte de esa canción para ponerla en otra obra; primero dejame ver qué es y después, en todo caso, te autorizo y arreglamos. Pero este tipo autorizaciones blancas son un desastre. Repito: son un desastre no solo desde el punto de vista de la negociación económica, porque el autor debe tener derecho a decir que no quiere que usen una parte de su obra en un comercial de tal cosa porque no lo autorizó.

El otro gran punto problemático –creo que las sociedades estamos de acuerdo en un 98 % en cuanto a que podemos convivir con estas excepciones– está en la cláusula 14),  literal B): «La reproducción de obras con fines de análisis computacional, siempre que se realicen en el marco de la investigación no comercial». Este texto estaba en el original del año 2016. En ese momento, nadie hablaba de la inteligencia artificial –como decía la senadora–, se tenía en cuenta otro tipo de cosas, como el análisis, pero, hoy en día, por esta puerta está entrando el uso para el entrenamiento de los catálogos de música en los desarrolladores de inteligencia artificial. ¿Eso qué permite? Que cualquiera, con una llave de este tipo, pueda agarrar cualquier música, imagen, verso o lo que se le ocurra y decir que puede utilizarlo porque está autorizado, y ahí crean –como ya está habiendo– un personaje, un músico, un cantante que es igual a otro. Por ejemplo, inventan una Samantha Navarro y hacen una canción con las mismas características de las que compone ella y salen a venderla. No se trata solo de una obra, hacen cientos por día. Las plataformas están subiendo miles por día y esto no es una frase hecha. Están subiendo miles de obras en todo el mundo, de todo tipo, creadas por inteligencia artificial que compiten con los autores verdaderos, en el ejemplo que poníamos, con Samantha Navarro.

Eso no existía cuando se creó este textito y, por otra parte, en ningún lugar del mundo lo están aceptando. Esto se dejó vaya a saber por qué, pero los que estamos en el medio de esto sabemos bien que las compañías tecnológicas poderosas que dominan hoy el mercado están queriendo penetrar las leyes de derechos de autor a través de incisos como estos, que son inocentes, que plantean una cosa no comercial pero, en realidad, los desarrolladores de inteligencia artificial empezaron con el tema de que no eran comerciales y después venía atrás Microsoft o Google y le metieron millones de dólares y se convirtieron en otra cosa. Nadie va a poner millones de dólares para después decirles: «Hacé lo que quieras». No, se convirtieron en fabricantes de productos comerciales.

                Entonces, eso nos parece totalmente inadmisible porque, en definitiva, es el fin de la creación y de los derechos de los creadores. Es otro modo que se ha inventado y que no estaba en 2016, lo que es importante tener en cuenta. Es algo nuevo y recién ahora se está viendo a nivel mundial cómo se va a controlar.

Estamos todos de acuerdo con que la inteligencia artificial es imparable y que nadie se va a poner en contra de eso, pero, bueno, como todas las cosas, hay que regular, cuidar y salvaguardar los derechos de los creadores y dar autorización. Hoy en día se puede hacer porque existe la forma jurídica de decir: «Yo te autorizo con estos requisitos de uso para el entrenamiento de los desarrolladores de inteligencia artificial».

Entonces, nos parece que hoy ese artículo no debería ir porque nos complica enormemente y acá estamos todos en el mismo partido: los autores, los intérpretes, los productores y la gente del audiovisual, que hoy no está acá pero que va a venir porque le preocupa igual que a nosotros. Entonces, ese sí es un tema que no podemos dejar pasar.

                Ese era un poco el espíritu de lo que quería plantear.

                Muchas gracias.

SEÑOR DI CARLO.-  Llevando un poco la idea que manejaba el querido Mauricio Ubal al terreno jurídico y lo que hablaba con respecto a la regla de los tres pasos, digo que esta disposición es absolutamente violatoria. Yendo un poquitito más allá y teniendo presente que el de autor es un derecho que está consagrado a nivel constitucional, cualquier norma que se apruebe, con la que alguien pueda sentirse perjudicado, podría dar lugar a que se presente una acción argumentando que esa ley es inconstitucional. Eso lo quiero decir porque es clarísimo: nadie puede decir que esto no viola la regla de los tres pasos, cuando en una coctelera, en una licuadora, se pone tu obra, tu interpretación o tu fonograma y después hacen absolutamente lo que quieren, con un resultado que es totalmente ilegal e ilegítimo porque no se obtuvo la autorización previa. En lo personal, estamos ante el peor ataque que puede llegar a tener un autor. Acá hay prestigiosos autores que pueden dar su opinión, pero creo que es ir contra el derecho moral, la integridad y la paternidad de su obra, porque se empieza a mezclar y sale un producto final en el que el propio autor e intérprete resulta totalmente eliminado. Como hace años que estamos en el tema y sabemos que los derechos de autor son algo personalísimo ya que es lo que sale de su creación en determinado momento, es realmente preocupante.

Como conclusión, además de otras disposiciones –a las que después haré referencia, pero insisto en que no quiero aburrir con un desarrollo muy jurídico porque después podemos enviar un informe–, digo que es absolutamente inadmisible, pero también creo que puede generar un inconveniente importante. Tendríamos que dar cuenta a toda la comunidad de autores –lo mismo sucede con los productores fonográficos y artistas– y obviamente se produciría un movimiento contrario a este tipo de disposición con repercusiones hasta mediáticas. Por ejemplo, acabamos de vivir las idas y vueltas con Spotify y esto generaría el rechazo total de toda la comunidad autoral y creativa.

                Hay otros artículos que se modificaron con pequeñas pinceladas, pero que realmente tienen cambios sustanciales. En el artículo 15 se hace referencia a las reproducciones que no tengan fines de lucro y en el artículo 16 a las hechas por cualquier medio sin fines de lucro. No es fácil de controlar, porque para hacerlo debemos contar con un aparato administrativo gubernamental para ver si tiene o no fin de lucro. Hay otros temas muy importantes que van también en este sentido. Existen centros de estudiantes que dentro de la universidad tiene su propio sector para hacer fotocopias. Capaz que en algún punto esa actividad le sirve para subvencionar o compensar otro tipo de gasto. Esto lo digo en sentido general; no es un tema que nos incumbe, pero como vinimos para aportar tratamos de mostrar el abanico de situaciones que se podrían llegar a generar.

                En ese mismo artículo 15 se habla de las reproducciones obtenidas a partir de un ejemplar original lícitamente adquirido, pero ahora borraron la expresión «obtenidas a partir de un ejemplar original lícitamente adquirido».

(Dialogados).

SEÑOR DI CARLO.- Ahí dice otra vez que no tengan fines de lucro. Eso fue lo que se eliminó.

SEÑOR PRESIDENTE.- Se eliminó «que no tengan fines de lucro».

(Dialogados).

–Este es el aprobado en la comisión.

SEÑOR DI CARLO.- En el artículo 16 aparecen las bibliotecas, archivos o museos sin fines de lucro. Aquí hay una especie de mezcla. Después hubo unos pequeños retoques de redacción que no hacen a la cuestión.

                Yo hacía referencia a que en la pandemia el mundo cambió en el tema del tráfico de obras. Entonces, cuando se habla en el marco de las instituciones de investigación o de estudio, hay que decir que actualmente para las instituciones el tema de la educación a distancia amerita que haya otro tipo de intercambio. Por eso es que nosotros no venimos con la cancha flechada para defender lo nuestro, sino que decimos que esto es totalmente comprensible y que, quizás, habría que buscar algún otro mecanismo que diga «presencial» o «remota», pero en el marco da algo muchísimo más amplio que, frente a iniciativas como las que mencionaba Mauricio Ubal, puede llegar a ser muy complicado.

                Para finalizar, digo que estamos a disposición y que tenemos algunas preocupaciones que son muy importantes. Dejamos a su consideración el avance de este proyecto tan cerca de la parte del período electoral. Estamos acá para ayudar y colaborar y queremos decirles que si se nos consulta o se nos convoca para reunirnos con alguien más, obviamente cuentan con nosotros.

SEÑOR BUENSEÑOR.- Quiero dejar constancia de que la Sociedad Uruguaya de Artistas Intérpretes no pudo estar presente, pero acompaña, como titular de derecho, todo lo expresado en esta mesa.

                Por otra parte, quiero comentar que se ha querido enfrentar a los bibliotecólogos con los titulares de derecho, pero eso no es cierto. Nosotros no estamos para nada en contra de los bibliotecólogos. En el caso de Agadu, el Museo y Centro de Documentación le ha donado a la Biblioteca del Poder Legislativo toda la colección de Búsqueda. Nosotros mantenemos un compromiso con el Plan Nacional de Lectura del MEC, pues cada vez que Agadu compra libros se los pasa al MEC para que tenga en las bibliotecas el material que está saliendo. Así que lejos está que nosotros estemos enfrentados en algo; simplemente venimos a defender nuestra posición.

SEÑOR ARSUAGA.- Verdaderamente, la exposición de todos los compañeros en representación de los titulares de derecho ha sido satisfactoria para todas las partes.

                Nosotros queremos hacer énfasis en el artículo de desarrollo computacional, pues creemos que esa puerta puede parecer inocente y puesta sin más que eso, pero por lo general en cada país en donde aparece redactada de esa forma inocente –que parece dirigida a la gente y al colectivo para que pueda utilizar el desarrollo del análisis computacional–, finalmente lo que sucede es que es la gran puerta de entrada a la inteligencia artificial generativa que, en definitiva, sin control termina siendo, una vez más, una expresión de piratería. Decimos esto porque tomar la voz, la actuación, el audio prefijado o sin consentimiento cualquier tipo de obra audiovisual –que está especialmente señalado en este nuevo cambio de las limitaciones y excepciones–, se convierte en un acto de piratería. Todos los que estamos acá tenemos más de veinte años trabajando en la defensa de los titulares de derecho. Nos ha tocado padecer la piratería en sus diferentes formas. Personalmente, he tenido el honor de defender a los titulares en la época de la piratería física. Después, en la época en que la piratería física nos terminó el disco, tuvimos ocho años de duelo intentando encontrar soluciones, hasta que llegó el modelo del streaming, que sigue siendo pirateado. Actualmente, como expresaba Mauricio Ubal y algunos de los colegas, se suben más de 120.000 canciones mensuales –creo no errarle, si no son diarias–, de las que el 20 % o 30 % que están en las plataformas son de inteligencia artificial no autorizadas. Entonces quiero que ustedes tomen conciencia de la dimensión de esto, que lo vean en el campo grande y no en el de la ingenuidad de como parece estar redactado y consideren el daño mayor y sustantivo que podría traer para todos nosotros el dejarlo pasar en estas instancias. Obviamente, el espíritu de todos –como dice Alexis Buenseñor– es llegar a un acuerdo, al mejor posible, con la mayor cantidad de titulares de derecho exponiendo acá su posición y fijando sus perspectivas de lo que puede llegar a ser una ley de limitaciones y excepciones.

                Les agradecemos a todos. Estamos a las órdenes, también para hacerles llegar material desde nuestro punto de vista, que es el de la Cámara Uruguaya del Disco que representa a los productores fonográficos.

SEÑORA NAVARRO.- Voy a hacer una aclaración con respecto a los productores fonográficos. Muchos productores somos a la vez artistas o compositores; yo también formo parte de la Cámara Uruguaya del Disco. O sea que la expresión «productor fonográfico» de pronto suena muy rimbombante, pero somos los mismos.

Me parecía pertinente la aclaración.

SEÑOR ARSUAGA- Lo que dice Samantha Navarro es así. La cantidad de productores que se autoproducen y que también son intérpretes, autores y compositores –son productores de sus propias obras– están todos integrados a la Cámara Uruguaya del Disco. Por suerte, tenemos esa puerta más que abierta y democratizada, y somos los facilitadores en cuanto a proporcionar la información para que cada uno de ellos pueda hacer lo que quiera. Entonces, eso de «productores fonográficos» suena fuerte, pero es como se acaba de decir. 

Gracias.

SEÑORA KECHICHIAN.- Hay que cambiar el vocabulario. La señora Navarro puede reclamar maternidad en sus obras.

(Hilaridad).

SEÑOR PRESIDENTE.- Brevemente y a modo de comentario quiero decir que este es un tema que se ha venido trabajando bastante en los periodos anteriores. Creo que muchas de las cosas que plantea el proyecto de ley son entendibles, loables y el Parlamento debería aprobarlas. Quiero dejar constancia de esto en la versión taquigráfica. Estuve presente cuando se aprobaron los cambios anteriores en la Ley de Derechos de Autor y me parece que algunas de estas son cosas importantes para que las bibliotecas puedan trabajar con mayor tranquilidad. En definitiva, son cosas atendibles.

                Quedamos a disposición para ver si podemos encontrar caminos de entendimiento. Ahora vamos a recibir a una delegación que apoya e impulsa el proyecto. Veremos si, como hemos hecho en otras ocasiones, podemos generar un acuerdo amplio para que esto se apruebe en esta legislatura. Vamos a trabajar para lograr eso y les agradecemos por el insumo tan importante que han volcado hoy.

SEÑOR BUENSEÑOR.- Gracias por la cortesía de recibirnos hoy. 

SEÑOR ARSUAGA.- Muchas gracias por el tiempo que nos han brindado.

(Se retira de sala la delegación de Agadu y de la CUD).

(Dialogados).

SEÑORA KECHICHIAN.- Consulto sobre el proyecto relativo a Benigno Pérez.

SEÑORA SECRETARIA.- En respuesta al planteo de la señora senadora Kechichian, debo acotar que he traído todos los que cuentan con informe. De todas formas, lo anoto y lo reviso.

SEÑORA KECHICHIAN.- Sí, por favor, Me refiero a la designación de la Escuela Agraria de Sarandí Grande con el nombre Ingeniero Agrónomo Benigno Ernesto Pérez Barón.

SEÑOR PRESIDENTE.- Ahora que la comisión tiene número para votar, podríamos tratar el tercer punto del orden del día, relacionado con la carpeta n.° 1303/2024, distribuido n.° 2146/2024, que contiene el proyecto de ley por el que se designa Washington Benavides el Liceo n.° 5 de la ciudad de Tacuarembó.

(Apoyados).

                –Solicito que sea repartido entre los señores senadores de la comisión.

                En consideración.

                Si no se hace uso de la palabra, se va a votar.

(Se vota).

                –4 en 4. Afirmativa. UNANIMIDAD.

                ¿Quién se propone como miembro informante de la iniciativa?

SEÑORA KECHICHIAN.- Yo, señor presidente.

(Apoyados).

                –Me gustaría saber cuándo hay que realizar el informe correspondiente. ¿La semana que viene o en la sesión de mañana?

SEÑORA SECRETARIA.- Hago las consultas a nivel de Secretaría y le respondo, señora senadora. ¿Usted qué prefiere?

SEÑORA KECHICHIAN.- En realidad, no tengo problema con respecto al día en el que se realice el informe. Gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Continuando con el segundo punto del orden del día, es decir, el proyecto de ley por el que se modifican disposiciones de la Ley n.° 9739, Ley de Derechos de Autor, hacemos pasar a la siguiente delegación.

(Ingresan a sala representantes de varias agrupaciones).

–La Comisión de Educación y Cultura del Senado da la bienvenida a la delegación integrada por la señora Julia Demasi, integrante de la Asociación de Bibliotecólogos del Uruguay; la señora Mónica Paz, conocida por nosotros por ser la directora de la Biblioteca del Poder Legislativo; el señor Gregory Randall, representante del Instituto de Ingeniería Eléctrica de la Facultad de Ingeniería de la Udelar; la señora Patricia Díaz, integrante de Datysoc-Data Uruguay; y la señora Evelin Heidel, representante de Wikimedistas de Uruguay, quienes concurren para hacer referencia al proyecto de ley modificativo de la Ley de Derechos de Autor.

                Con gusto les damos la palabra y los escuchamos muy atentamente.

SEÑORA DEMASI.-  Muchas gracias, señor presidente.

                Hemos decidido leer un texto consensuado que refleja las opiniones del colectivo, que es sumamente diverso e involucra a muchas organizaciones con visiones diferentes.

                Soy presidenta de la Asociación de Bibliotecólogos del Uruguay y, además de representarla, voy a hablar por la Asociación Uruguaya de Archivólogos, Wikimedistas de Uruguay y Data Uruguay, así como por quienes nos acompañan en calidad de docentes de la Udelar y a título personal.

                Agradecemos a los miembros de la Comisión de Educación y Cultura del Senado por recibirnos a efectos de dar nuestra opinión sobre el proyecto de ley «Derechos de Autor. Modificación de varias disposiciones de la Ley n.° 9739, aprobado el pasado 4 de junio por la Cámara de Representantes».

                Muchas de las organizaciones y personas que venimos hoy somos viejos conocidos de algunos senadores porque hemos concurrido al Parlamento en diferentes instancias a través de varias legislaturas, procurando desde hace ya más de diez años la inclusión de excepciones al derecho de autor en nuestra ley. Varios de nosotros estuvimos en las gradas en la sesión parlamentaria de diciembre de 2019, en la que se aprobó el aumento del plazo de los derechos de autor, y recordamos cómo legisladores de varios partidos políticos –como Gustavo Penadés y Rafael Paternain– expresaron que el Parlamento tenía una deuda pendiente con las instituciones culturales y educativas porque se estaba aumentando el plazo, mientras que los esfuerzos para aprobar excepciones no fueron tan fructuosos. Es con la aprobación de este proyecto de ley que se saldará esa deuda que se viene arrastrando hace más de una década. 

                Este proyecto de ley pretende superar las dificultades que las instituciones culturales, de investigación y educativas tienen actualmente en lo que respecta al cumplimiento de la Ley de Derechos de Autor, cuyo problema principal es la falta de adaptación de las excepciones a las necesidades del siglo XXI.

También queremos informar a los senadores que en esta ocasión hemos asumido una posición mucho menos exigente que en otras oportunidades. De alguna forma, reconocemos que nuestras altas expectativas sirvieron de freno a la concreción de acuerdos en ocasiones pasadas y no queremos que esto vuelva a suceder. Por eso, esta vez, cuando acudimos a la Cámara de Diputados solicitando que se reactive la discusión sobre excepciones y limitaciones para educación, investigación y actividades de bibliotecas, archivos y museos:

1) Expresamos que, si bien los proyectos que se habían presentado podrían ser mejorables, apoyábamos su aprobación –especialmente el presentado por el Promole– aunque nuestras observaciones no fueran atendidas.

2) Nos limitamos a presentar observaciones mínimas.

3) En definitiva, expresamos que nos interesa que se aprueben excepciones y limitaciones para educación, investigación e instituciones culturales aunque no colmen nuestras expectativas, porque realmente precisamos de un marco normativo más cercano a las prácticas reales para poder operar.

Con respecto a este proyecto en particular, nos interesa resaltar lo siguiente.

No contiene ninguna de las excepciones que generaron resistencia por parte de editoriales y gestoras colectivas –como la excepción de copia privada– ni tampoco muchas de las excepciones que fueron pacíficamente aceptadas por Agadu y la Cámara Uruguaya del Libro en su acuerdo con la FEUU como, por ejemplo, la excepción de parodia o la libertad de panorama.

                Las excepciones al derecho de autor que propone este proyecto incluyen únicamente aquellas que se han considerado justas y estrictamente necesarias para el normal desarrollo de la educación e investigación y actividades sin fines de lucro de bibliotecas, archivos y museos y responden a un reclamo sostenido en el tiempo por parte de estos sectores.

Basta con hacer una lectura comparada para notar que su redacción es casi idéntica a la del acuerdo entre la FEUU, Agadu y la CUL y que deriva del proyecto presentado en el marco del Promole, en el que participaron expertos de las Facultades de Derecho de todas las universidades uruguayas.

Lo que queremos resaltar aquí es que se trata de un proyecto sumamente conservador y que ha pasado por una revisión de expertos.

Veamos de forma general qué tipo de excepciones se incluyen.

Se prevé la ampliación del derecho de cita, o sea, la posibilidad de citar no solo fragmentos de textos, sino también de obras, audiovisuales o imágenes, por ejemplo, y siempre con fines de análisis, comentario, juicio crítico y cumpliendo con los demás límites impuestos al derecho de cita.

En el contexto educativo se prevén ciertas excepciones a los derechos de comunicación, distribución y reproducción en favor de las instituciones docentes. Tomando en cuenta las prácticas educativas más comunes propias del siglo XXI, se habilita, por ejemplo, la reproducción de artículos breves o de fragmentos de texto siempre que no superen las treinta páginas. También se habilita la posibilidad de incluir imágenes ilustrativas en presentaciones o en exámenes, por ejemplo, o la posibilidad de proyectar un video en un aula física o mediante hipervínculo o frame en un aula virtual, todo esto siempre que sea sin fines de lucro y con fines educativos, de investigación o de extensión.

En cuanto a las excepciones previstas en favor de bibliotecas, archivos y museos, encontramos, por ejemplo, que se habilita la posibilidad de realizar reproducciones con fines de preservación o para sustituir ejemplares en caso de deterioro o extravío. También se permite a estas instituciones dar acceso a obras a través de terminales o PC ubicados en las propias bibliotecas, archivos o museos. Asimismo, se legaliza el préstamo público de las obras y se prevé otra excepción que permite que estas instituciones culturales, así como las de educación e investigación, brinden servicios de traducción condicionados al cumplimiento de algunas reglas y con estrictos fines de investigación o estudio.

Por último, el proyecto prevé la creación de un régimen de obras huérfanas –o sea, aquellas cuyo autor no se conoce o no se puede localizar para solicitar una autorización de uso– y se mandata al Poder Ejecutivo para su reglamentación. Destacamos que este tipo de régimen resulta indispensable para viabilizar proyectos de digitalización y rescate de patrimonio documental.

                Entendemos que esta propuesta elimina en gran medida la actual incertidumbre que enfrentan educadores, estudiantes, investigadores e instituciones culturales, y delimita de forma estricta cuáles usos serán tolerados sin autorización y cuáles no. Claro que nos hubiese gustado ir por un proyecto que cubriera también las cuestiones relacionadas con otros usos digitales de alto interés público como el préstamo digital controlado, por ejemplo, pero preferimos dejar esa discusión para más adelante.

                Por otra parte, sabemos que los tiempos han cambiado y que las preocupaciones de las gestoras colectivas, autores e intérpretes no son las mismas que hace diez años. Los temas principales que se están tratando hoy a nivel internacional en la OMPI son, en primer lugar, el tema de la remuneración justa frente a las grandes plataformas de contenido y, en segundo término, el miedo al uso masivo de obras protegidas por derechos de autor para entrenamiento de inteligencia artificial generativa que compita con esas mismas obras.

                Con respecto al primer punto, remuneración justa frente a grandes plataformas, nos solidarizamos con los autores y expresamos nuestro apoyo a sus reclamos, aunque aclaramos que este proyecto de ley no tiene vínculo con ese asunto. Por eso, vamos a argumentar específicamente sobre el segundo punto y en defensa de una de las únicas excepciones que pueden llegar a ser controvertidas.

Nos referimos a la excepción que agrega al artículo 45 de la Ley de Derechos de Autor un numeral 14) que dice: «Son igualmente lícitas: […] B) La reproducción de obras con fines de análisis computacional siempre que se realicen en el marco de la investigación no comercial».

En principio, vale la pena aclarar que esta excepción tiene una redacción idéntica a la que fue aceptada por Agadu y la CUL en el acuerdo con la FEUU, pero el aspecto más importante que nos interesa resaltar es que el límite es claro: no acepta abusos por fuera de los relacionados con la investigación. Además, esta investigación no podrá tener ningún componente comercial.

Debemos aclarar que se trata de exceptuar los usos para la investigación realizada a nivel nacional. Esta excepción no corre para investigadores que estén situados fuera del Uruguay y menos para empresas, ya que la Ley de Derechos de Autor tiene alcance territorial. De hecho, estos investigadores extranjeros, inclusive las empresas extranjeras, ya pueden usar legalmente los contenidos de autores uruguayos, porque todos los países de Europa y la mayoría de los países de Asia tienen este tipo de excepciones. A su vez, Estados Unidos y Canadá no están limitados a actividades sin fines comerciales.

Hoy son los investigadores nacionales los que están en desventaja. Aquellos investigadores que utilizan técnicas de análisis computacional que impliquen el uso de contenidos, bases de datos y software protegidos por derechos de autor con fines de investigación, por ejemplo los que usan técnicas de minería de texto y datos o aplican técnicas con fines de seguridad informática, etcétera.

A su vez, sería un error asociar esta excepción a las cuestiones relacionadas con la inteligencia artificial generativa. La ciencia de datos ha venido a revolucionar el método científico, y las técnicas de minería de texto y datos se han transformado en una de las formas más importantes para analizar y extraer nuevos conocimientos en el ámbito académico. Esto implica la realización de actos de copia y transformación de contenidos disponibles en internet o en bases de datos y, a pesar de que en su mayoría se efectúan de forma automatizada y en nada afectan la normal explotación de esas obras o bases, necesitan autorización previa de cada titular, salvo que exista una excepción que los ampare.

                Finalmente, queremos llamar la atención sobre el hecho de que estamos en el final de este período legislativo y que cualquier modificación pone en peligro la aprobación de este proyecto de ley que es, de por sí, una opción de mínima sobre una necesidad que se viene discutiendo desde hace más de diez años.

                Insistimos en que queremos contar con una regulación ya, aunque no sea la que nosotros queremos.

                Muchas gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Con respecto a este punto, que fue uno de los más criticados por la delegación anterior, en la actualidad –si no entendí mal– esto se podría hacer con la autorización explícita de los autores. En este caso, los autores ya no tendrían la potestad de realizar esa habilitación.

SEÑORA DÍAZ.- Hay que comprender cómo funcionan determinadas técnicas de análisis computacional.

                Lo único que el público lee o tiene en su cabeza hoy es la IA generativa, que es un granito de arena en un mundo de inteligencia artificial que venimos utilizando desde hace muchísimos años. El traductor de Google es la inteligencia artificial más utilizada desde hace por lo menos diez años.

Entonces, si miramos cómo opera la inteligencia artificial, es totalmente inviable el entrenamiento de datos. El entrenamiento de datos de un algoritmo no tiene que ser IA generativa, ya que cualquier tipo de uso de inteligencia artificial implica uso masivo y este no puede implicar analizar. Imaginen mil millones de imágenes que están entrenando para un algoritmo con el objeto de detectar variantes, mil millones de plantas. De ellas no podemos ir a ver quién fue el fotógrafo y pedir autorizaciones individuales. Hay que entender cómo funciona la tecnología para saber qué es viable y qué no. Quiero que quede bien claro que ir por autorizaciones individuales es prohibir la tecnología y el entrenamiento es una cuestión. Lo que hacen muchos investigadores es buscar patrones que un humano no puede detectar, para llegar a conclusiones diferentes. No tiene nada que ver con el entrenamiento de datos. Hay mil técnicas para mil objetivos, pero todas tienen algo en común: el uso masivo de contenido de imágenes, de sonidos, de textos, etcétera, pero, como dije, pedir autorización es prohibir la tecnología.

En la Unión Europea, por ejemplo, los usos de investigación sin fines de lucro están exceptuados sin ningún tipo de requisito. No se va a pedir autorización para todo lo que directa o indirectamente implique usos comerciales; se deja que las partes negocien y se está yendo hacia derechos de remuneración, que es diferente a derechos de autor. Los derechos de remuneración es cuando ya no importan las autorizaciones, sino las licencias macro. Cabe destacar que tuvieron el cuidado de no matar a su sector de innovación al dejar esa excepción que está en el reglamento europeo, que plantea como mínimo qué debería dejarse libre para investigación sin fines comerciales y para todo lo que implique fines comerciales, caso en el que sí se hablará de remuneración.

                No sé si contesté la pregunta.

SEÑOR PRESIDENTE.- La pregunta era si en la actualidad tienen que solicitar un permiso.

SEÑORA DÍAZ.- Claro. Todo lo que se está haciendo actualmente es ilegal. Ni siquiera se está hablando de remuneraciones, sino de pedir autorizaciones individuales.

SEÑOR RANDALL.- Yo trabajo en inteligencia artificial y efectivamente es así. Creo que lo que está pasando es que todos los investigadores del mundo desarrollado tienen las excepciones, pero no los nuestros. Ellos pueden usar nuestros datos porque están protegidos por sus excepciones, pero no nuestros investigadores. Eso nos deja en una situación de indefensión porque en realidad algunas personas lo hacen, pero están violando la ley. Cuando digo violar la ley me refiero, por ejemplo, a lo que pasa con las bibliotecas, con la educación.

                En particular, quiero hacer referencia a las modificaciones que tienen que ver con la educación, con el sombrerito de cuando fui encargado de la expansión de la Universidad en el interior. Es totalmente imposible imaginar la situación actual en que tenemos universidad –ya no sé ni cuántas sedes tenemos– en trece sedes en el interior sin que nos permitan usar las excepciones que están planteadas acá. Como eso es imposible, la gente lo está haciendo, o sea, en el EVA hay citas, materiales escritos y materiales audiovisuales, y lo que sea para dar las clases. Todo el mundo habla de la virtualidad, pero estamos en la ilegalidad. Los docentes cometen una ilegalidad por hacer eso, al igual que los bibliotecarios para poder hacer su trabajo. 

Son cosas tan evidentes las que se están planteando acá como poder prestar un libro o sacarle una copia a un documento viejo para tener una copia cuando se degrade.

Quiero insistir sobre el hecho de que lo que se está pidiendo acá es realmente de mínima para funcionar; no estamos planteando una cosa como la que quisiéramos. Creo que esa discusión hay que darla; en la próxima legislatura vendremos de nuevo. Estamos planteando, por lo menos, las cosas de mínima.

SEÑORA NANE.- Escuché atentamente a la delegación anterior.

Entiendo el miedo que tienen, pero no le veo ningún fundamento práctico. Para el entrenamiento de datos se necesitan tantos millones de datos, que tal vez justo cae una canción de Samantha Navarro, pero en el medio hay otro montón de cosas más. Entonces, es muy difícil pensar en una obra en forma individual, en un análisis que además no va a tomar una obra en forma individual para ser un plagio, sino para integrarla a un conjunto de análisis junto con otras cosas. 

Comprendo el miedo –es un temor más que un miedo– a ser vulnerado en un derecho esencial de que esto se me ocurrió a mí, por un montón de circunstancias, algunas internas, otras exógenas, como por ejemplo el murmullo del arroyo que escuchaba cuando estaba componiendo tal canción; me parece superválido. Lo que pasa es que me parece que son temas diferentes. Por un lado, está la protección de la obra en sí misma y, por otro, la información que a partir de ella se produce para cualquier otro tema. No es un asunto sencillo, me parece, para resolver. 

Vamos a necesitar su ayuda en el planteo comunicacional, sobre todo. Creo que esto abona el miedo al uso de la tecnología en contra de los derechos individuales. Pero por ahí nos pasa –y Patricia Díaz lo sabe– en otras tantas cosas que también hemos discutido. Cuando aplico esto a la seguridad pública, a nadie le importa que estemos llenos de cámara por todos lados. Creo que no hay una creación más individual que la cara o el modo de andar de alguien, pero esa preocupación no está instalada porque se supone que es para cuidarnos. 

Entonces, no estoy llegando a ninguna conclusión, pero me parece que nos van a tener que ayudar en la parte comunicacional de esto, que no es la creación robótica versus la creación humana. Me parece que tenemos que poder sacarlo de ese contraste que se está planteando porque la cosa no va por ahí. Así que les voy a pedir, humildemente, que nos arrimen, por ejemplo, lo que decía Gregory Randall recién. Si hoy hay un montón de investigadores de otros lugares del mundo que pueden acceder a las obras uruguayas, siempre van a ser, en una cuestión cuantitativa, muchísimos más los que accedan de afuera que los que van a acceder desde adentro. Ese tipo de cosas que hoy están pasando por la vía de los hechos, me parece que sería bueno que nosotros las tuviéramos claras para poder dar el debate acá, porque esto va a ir seguramente al plenario. Siempre me parece que es importante que, en su discusión, el plenario genere las referencias propias, es decir que lo que discutamos y aportemos en nuestras intervenciones sirvan como referencias a futuro y no queden simplemente como un discurso a favor o en contra. Entiendo que hay que poder aportar esas referencias porque en algún momento también se van a analizar los discursos con inteligencia artificial para, de alguna forma, poder ver las tendencias de cómo legislar.

                En definitiva, agradezco si nos pueden acercar ese tipo de material relativo a legislaciones contradictorias. ¡Es de locos! El otro día pedí un libro de Stolovich y la primera publicación es una copia porque él lo escribió a máquina –no es lo que me prestaron en la Biblioteca del Palacio Legislativo–, con las gráficas hechas a mano en papel cuadriculado –¡son una maravilla!– que ilustran las exportaciones de la industria del software después del envión de la creación del Centro de Cálculo. Evidentemente, habría sido imposible que yo accediera al original y que hubiese podido sacar la información si no hubieran tenido esta copia en la Biblioteca.

                Por lo tanto, creo que habría que dividir el tema en dos; se debería formar a la opinión pública para que esto no parezca un partido de fútbol entre dos intereses contrapuestos –que no lo es– y entender que existe parte del desarrollo educativo, científico y del desarrollo humano que no es posible –lo de la universidad que mencionó Gregory Randall es un ejemplo clarísimo, y la Biblioteca del Palacio Legislativo– preservar de otra manera, incluso aquellas obras que son patrimonio.

                Me parece que todo esto debe estar medianamente entero en la discusión, sobre todo, para poder entender las contradicciones en las que estamos viviendo hoy, algunas que son de facto y que ya no tienen mucho sentido.

                En conclusión, quiero pedirles que nos aporten material en ese sentido.

                Gracias.

SEÑOR PRESIDENTE.- Con respecto al literal B) del numeral 14) que se agrega, de acuerdo con el artículo 3.º, la delegación anterior mencionó que no hay legislación a nivel internacional.

                A su vez, en el mismo sentido que mencionaba la señora senadora Nane, les pido si nos pueden acercar la mencionada legislación para que sea parte del debate y la discusión. Tampoco tenía tan claro el aspecto relativo a los investigadores nacionales; me parece que es importante para discutirlo en este ámbito. De hecho, las preocupaciones son legítimas en el sentido de que se está viviendo un cambio de paradigma bastante potente y eso afecta sus ingresos. Es algo que proviene desde hace unos años y no son precisamente los escritores los que han venido; quizás lo hagan más adelante.

                De todas maneras, me parece importante que durante esta legislatura podamos avanzar en alguno de estos temas. No sé si de mínima o de máxima; no sé si es progresista o conservador, pero me parece que, como Parlamento, deberíamos tener la capacidad de resolver y clarificar la situación de las bibliotecas, de las instituciones educativas y de investigación. Vamos a trabajar en ese sentido –por lo menos en la bancada del Frente Amplio– y como esto ha venido votado por unanimidad desde la otra cámara, entiendo que todos los partidos querrán avanzar. Desde mi punto de vista, si pudiéramos llegar a una formulación en la que los diversos actores se sintieran contemplados, sería lo ideal, aunque ante un proyecto de ley siempre hay personas que se pueden sentir lesionadas.

                En definitiva, vamos a trabajar en ese sentido; es lo mismo que le dijimos a la delegación anterior, así que creo que está dentro de lo que hemos venido conversando.

SEÑORA HEIDEL.- Simplemente, a lo que dijo Patricia Díaz quiero agregar que hay que tener en cuenta que no todos los usos que se hacen, por ejemplo, en minería e investigación en ciencias de datos, son transformativos. Es uno de los principales problemas vinculados a la inteligencia artificial generativa; hay usos para el descubrimiento de patrones que no necesariamente transforman la obra o resultan en la creación de otra nueva. Me parece que resulta algo complejo de entender, pero es importante; hay mucha minería de datos que es simplemente un descubrimiento alrededor de las obras. Entonces, de alguna manera, hay que entenderlo como si fuera una lectura potenciada o sofisticada. Actualmente, esas lecturas no están necesariamente prohibidas por la ley, porque si tenés un libro podés leerlo. Patricia Díaz lo podrá clarificar mejor, pero me parece importante entender que no todos los usos dentro de la investigación en ciencias de datos implican usos transformadores de las obras.

SEÑORA DÍAZ.- Sí implican copia. La lectura de máquina implica copia y preprocesamiento para poder aplicar la técnica. Entonces, esas son copias meramente técnicas que no compiten con la explotación de las obras y son necesarias para la innovación.

Podemos presentar un informe –nos comprometemos a hacerlo lo antes posible– de derecho comparado para que vean qué está pasando en otras legislaciones y que en el norte global esto es regla.

Por otra parte –y los miro a ustedes–, nosotros tenemos voluntad de que esto se apruebe, y si no nos satisface completamente la redacción, veremos de seguir trabajando en otras ocasiones. Les pregunto si nos darán los tiempos legislativos para pasarlo a la siguiente cámara. ¿Hay posibilidades de hacerlo, si no se llega a un acuerdo? Nosotros estamos totalmente abiertos a conversar, a cambiar o a eliminar algo en lo que no se pueda llegar a un acuerdo, porque queremos la aprobación y, específicamente, se necesita mucho en educación, bibliotecas y archivos. Hay cuestiones de investigación que son las que están siendo más discutidas, pero tenemos la voluntad total de hablar.

Por último, en el Parlamento se está dando otro proceso con respecto a la regulación de la inteligencia artificial. En el tratamiento de la ley de rendición de cuentas se pidió a la Agesic que presentara el informe y, en ese sentido, desde Data Uruguay y Datysoc presentamos nuestros aportes. Convocaron a una consulta cerrada y presentamos información que puedo traerles respecto a este tema que están tratando. Podemos agregarlo a este informe. No sé si se incluyó porque la Agesic nos preguntó qué opinábamos sobre la relación entre la propiedad intelectual y la inteligencia artificial. La cuestión es que se van a dar otras instancias para hablarlo adecuadamente. Esperamos que esto no sea un escollo para una ley que se está necesitando desde hace mucho. Es lo que queremos transmitir.

SEÑORA KECHICHIAN.- Considero que ha sido muy ilustrativa la presentación de ustedes porque, indudablemente, hoy el Parlamento está enfrentado a nuevos temas sobre los que no tenemos experticia para legislar y necesitamos asesoramiento. El fondo de mi corazón me pregunta cómo preservamos a los creadores porque, incluso para la maquinita, para copiar y para todo lo que mencionan, precisamos que siga habiendo creadores. Me parece que esto no invalida la utilización, sino que el tema está en qué condiciones las usamos y con qué reconocimiento del creador. Esa es la maraña en la que, por lo menos yo, siento que estoy. Recibiremos sus aportes.

 Coincido con lo que se dijo respecto a que es necesario legislar porque hoy se está en una situación compleja y no podría asegurar si los tiempos políticos nos dan; veremos cómo lo resuelve nuestra comisión, pero si el proyecto recibe modificaciones tiene que volver a la otra cámara, en donde ya no podrían hacerle más cambios. Entonces, lo que nosotros hagamos acá será determinante. Por eso es una responsabilidad enorme y vamos a precisar mucha ayuda.

SEÑORA DEMASI.- Creo que es importante recordar que estas son excepciones y limitaciones. La ley existe y lo que nosotros queremos es un pequeño resguardo para una actividad que es menor. Además, queremos que lo que es por la vía de los hechos esté amparado. No puede ser que un museo no pueda reproducir sus propias obras en un folleto informativo que da a los visitantes, no puede ser que una biblioteca no pueda prestar un libro, no puede ser que un jardín de infantes no pueda representar Una pindó de Susana Olaondo sin un permiso específico. No son actividades que vayan en demérito del creador, sino que nosotros entendemos que beneficia a la sociedad, inclusive a los creadores. Esa es la forma en que nosotros lo entendemos.

Evidentemente, podría existir más control, pero no se trata solamente de los autores vivos, también están los autores muertos, y los que murieron hace más de setenta años o menos de setenta años y no se sabe quién es el heredero, el titular del derecho de autor. Entonces, ¿no se puede leer esa obra en una clase de literatura? Es un poco blanquear legalmente lo que es real por la vía de los hechos.

SEÑOR RANDALL.- Únicamente quería agregar que el tema de la inteligencia artificial, en general, creo que ocasiona enormes tensiones sociales, económicas y de todo tipo, por lo que amerita una discusión y seguramente una o más leyes, con tiempo. Esto es una cosa absolutamente mínima. Recordemos lo que fue la huelga en Hollywood –por ejemplo–, pero no es de eso de lo que estamos hablando. Hay que entender que son dos cosas distintas. Estas son excepciones para resolver una cantidad de cosas mínimas, incluido lo de la investigación.

No estamos hablando de los verdaderos efectos que ya está teniendo la inteligencia artificial en todos los planos de la vida, que creo que va a requerir una discusión informada –que va a llevar varios años– en la próxima legislatura porque, además, es urgente, dado que esto nos está afectando en todos los planos.

Entiendo los temores, pero me parece que lo peor que nos puede pasar es que, por los temores, no hagamos nada –tampoco está pasando que estemos discutiendo lo otro a fondo– y, mientras tanto –y quiero rescatar ese pedacito–, nuestros investigadores vayan quedando atrás, porque esta es una competencia infernal. Lo que hacen los otros es agarrar de YouTube todo lo que hay y se acabó, no le preguntan a nadie. Si quieren ver estilos musicales –para poner como ejemplo lo de los compañeros que vinieron– buscan en YouTube y después sacarán algo sobre eso. En el caso de Estados Unidos ni siquiera está la prohibición de no comercializarlo y en Europa lo utilizan para investigación. En Estados Unidos, empresas como Google, Facebook, etcétera –que son los verdaderos dueños de la pelota– usan los datos, lo que literalmente estamos hablando acá, porque tienen toda la información. Entonces, me parece que es cortarnos las alas un poco demasiado.

                Por otra parte, reconozco que el tema es tremendamente complejo y no tengo solución. Puedo aportar alguna idea, pero solución no tengo y creo que ellos tampoco, todo está cambiando muy rápido, pero es una discusión que creo que afecta otras cosas, por ejemplo, cómo va a ser el trabajo, cómo va a ser la organización de la vida, Uber, etcétera. Hemos visto cosas tremendas que tienen que ver con la inteligencia artificial y es un mundo mucho mayor que esto que estamos planteando acá.

SEÑORA KECHICHIAN.- La desconfianza está en quién controla las actividades sin fines de lucro, es decir, hay una desconfianza de la capacidad de controlarla. El marco institucional sería realmente un aporte, pero está sobrevolando lo de cómo a veces esas cosas pasan por el costado y no se controlan.

                De todas formas, muchas gracias por los aportes y seguiremos en contacto.

SEÑOR PRESIDENTE.- Muchas gracias.

                Se levanta la sesión.

(Son las 13:30).

 

 

 

 

Linea del pie de página
Montevideo, Uruguay. Poder Legislativo.